BASES DEL SORTEO-PROMOCION “VENTA CRUZADA DUO”
La entidad Reale Seguros Generales S.A. (en adelante “Reale”) sita en la calle Príncipe de Vergara, 125- 28002 Madrid y con NIF A-78520293, llevará a cabo un sorteo-promoción que se regirá con arreglo a las presentes bases legales (en adelante, las bases).
PRIMERA.- AMBITO TEMPORAL
La promoción comenzará el día 2 de noviembre de 2017. REALE se reserva el derecho de finalizar la promoción en el momento en que lo considere oportuno.
Si por causas de fuerza mayor o ajenas al control de REALE fuera preciso aplazar o modificar la duración de la promoción, o anular o repetir la misma, este hecho se notificaría a los participantes por el mismo medio por el cual se publican estas bases.
SEGUNDA.- AMBITO TERRITORIAL
La promoción es válida para todo el territorio nacional.
TERCERA.- OBJETIVO
El objetivo de esta promoción es incentivar la producción de pólizas de la Compañía por
parte de las Agencias REALE.
CUARTA.- ACEPTACION DE LAS BASES
La participación en esta promoción supone la aceptación íntegra de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe el organizador. REALE se reserva el derecho a descalificar a los participantes que incumplan las mismas y, especialmente, cualquier participación que vaya en contra de estas bases.
Con la aceptación de estas bases, los participantes comprenden los términos y condiciones de las mismas y se comprometen a cumplir con la normativa vigente que pueda resultar de aplicación a este respecto, de modo que por el simple hecho de participar en la promoción están prestando su consentimiento a someterse a las bases y a la legalidad de forma total e irrevocable.
La manifestación en contrario del participante, independientemente de en qué momento se realice, implicará su autoexclusión de la promoción y la liberación de REALE de cualquier compromiso adquirido con el participante.
Las presentes bases que se encuentran depositadas y protocolizadas ante el Notario del
Ilustre Colegio de Madrid don Angel Almoguera Gómez, con despacho en paseo de la Castellana
, 140,-6 ª planta, 28046 Madrid y publicadas en el Archivo Electrónico de bases de
Concursos (ABACO) servicio de interés general ofrecido por el Consejo General del Notariado
y publicado en www.notariado.org/ABACO y estarán a disposición de cualquier persona que
desee consultarlas.
QUINTA.- PREMIOS
Los premios de la presente promoción consisten en el sorteo del reintegro del importe de la
primera anualidad de la póliza contratada, todo ello conforme a los requisitos de la
campaña comercial descrita en el apartado siguiente.
Los premios contenidos en la presente promoción en ningún caso podrán ser objeto de cambio,
alteración, compensación o cesión a petición del ganador.
SEXTA.- REQUISITOS PARA PARTICIPAR
Podrán participar en la promoción todas las personas físicas, mayores de edad que tengan contratado un seguro de auto o un seguro de hogar con una Agencia de REALE y reciban una comunicación de la Compañía informándoles sobre el contenido de esta promoción.
No podrán participar en la presente promoción los empleados de Reale, los familiares
directos de estos, así como tampoco los de aquéllas empresas relacionadas directa o
indirectamente en la realización de la presente promoción.
SEPTIMA.- MECANISMO DE PARTICIPACION
La mecánica de la promoción consiste en los clientes actuales de REALE que tengan contratado un seguro de auto o un seguro de hogar con una Agencia de REALE y reciban una comunicación de la Compañía informándoles sobre el contenido de esta promoción, podrán acceder a la misma mediante la contratación de una o más pólizas de dichos ramos siempre que se realice con domiciliación bancaria y pago anual de la prima.
La participación en el sorteo se realiza de manera automática por todas las personas que hayan contratado una póliza de acuerdo con lo descrito en los párrafos anteriores. Los sorteos se efectuarán con periodicidad mensual, en el mes siguiente al que la póliza contratada haya tomado efecto.
El sorteo sólo se realizará si la producción de pólizas del mes anterior que hayan tomado efecto es superior a 20. El número de pólizas a sortear se determinará de acuerdo a los siguientes tramos:
- Si la producción de pólizas de esta campaña comercial que hayan tomado efecto durante el mes anterior a aquél en que se celebre el sorteo se encuentra entre 21 y 50 pólizas, se sorteará 1 póliza.
- Si la producción de pólizas de esta campaña comercial que hayan tomado efecto durante el mes anterior a aquél en que se celebre el sorteo se encuentra entre 51 y 100 pólizas, se sortearán 3 pólizas.
- Si la producción de pólizas de esta campaña comercial que hayan tomado efecto durante el mes anterior a aquél en que se celebre el sorteo es superior a 100 pólizas, se sortearán 5 pólizas.
No obstante lo anterior y por motivos organizativos, REALE se reserva el derecho de
modificar la periodicidad de los sorteos para celebrarlos cada tres meses, sin que ello
implique variación alguna en los criterios establecidos en los párrafos anteriores,
manteniéndose el sorteo correspondiente a cada mensualidad de acuerdo a la producción de
pólizas del mes anterior.
OCTAVA.- CELEBRACION DE SORTEOS
Dentro de los 15 días siguientes a la finalización de cada período mensual, Reale presentará ante un Sr. Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid una relación comprensiva de todos los participantes que hubiesen cumplido los requisitos anteriormente expuestos. Los sorteos se celebrarán antes del día 15 de cada mes mediante extracción al azar por el Sr. Notario del número de ganadores que resulten conforme al mecanismo descrito en la base Séptima anterior.
Si la entidad mercantil organizadora decidiese realizar los sorteos cada tres meses, se
reserva el derecho de modificar a su conveniencia la fecha del sorteo, que en ningún caso
podrá celebrarse más tarde del día 15 del mes siguiente a la finalización del trimestre.
NOVENA.- DECLARACIÓN DE GANADORES
Una vez celebrado el sorteo, Reale comunicará a su red de Agencias / red interna, la identidad de los ganadores. Las Agencias que cuenten con un ganador tendrán un mes para contactar con él y remitir a REALE el documento legal de aceptación del premio firmado por el cliente. En caso de no aceptación del premio o transcurrido este plazo sin que se haya cumplimentado y enviado a REALE la documentación indicada sobre la aceptación del premio, éste quedará desierto.
DECIMA.- DERECHOS DE IMAGEN
El participante cede en exclusiva y con facultad de cesión a terceros, los derechos de
imagen, así como cualesquiera otros derechos que pudieran corresponder a su persona
consecuencia de su participación en la presente promoción y cuyo material resultante, podrá
ser objeto de comunicación pública en su sitio web, o cualesquiera forma de explotación por
REALE.
Las imágenes y contenidos análogos obtenidos del participante podrán ser utilizados para la difusión de los premios entregados y en general para la difusión a través de Internet o de otros medios, electrónicos o no, de la promoción. Por ello, el participante cede el contenido patrimonial del derecho a la propia imagen, sin limitación temporal y espacial, necesaria para llevar a cabo la explotación de los materiales resultantes de la promoción y de las utilizaciones secundarias de los mismos, así como su posible incorporación en otros sitios web y obras escritas, gráficas, sonoras o audiovisuales con fines comerciales, promocionales y de merchandising o cualquier otro de REALE, pudiendo utilizar cualquier imagen captada del participante.
UNDECIMA.- DATOS PERSONALES
El participante autoriza a REALE a que utilice los datos de carácter personal necesarios para su identificación que se recaben de su persona durante su participación en la presente promoción para la incorporación a los ficheros titularidad de REALE con objeto de mejorar la calidad de datos de sus actuales clientes y gestionar su participación en todas las fases de la promoción, así como para la entrega de premios, en su caso y la difusión de la identidad de los participantes por REALE en su sitio web, redes sociales o en cualquier medio de difusión en cualquier soporte, con efectos de promoción y/o difusión.
Así mismo, el participante autoriza la cesión de sus datos personales a terceras entidades
colaboradoras con la única finalidad de gestionar la entrega del premio a los participantes
ganadores.
Si los datos de carácter personal de un ganador en la promoción fueran inciertos, falsos,
incompletos o no fueran actualizados de manera que la identificación del ganador sea
imposible por medios razonables, REALE se reserva el derecho a descalificarlo del sorteo,
quedando libre de toda responsabilidad al respecto.
El participante reconoce que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación,
cancelación y oposición o manifestar su negativa al tratamiento, remitiendo una solicitud,
acompañada de una fotocopia de su DNI, indicando en el sobre “Protección Datos” al
domicilio de REALE, calle Príncipe de Vergara, 125 – Madrid.
Los participantes que, en su caso, resulten premiados, autorizan la utilización,
publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de Reale, de su
imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación, incluido Internet,
o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos
siempre que estos se relacionen con la presente promoción, sin reembolso de ningún tipo
para el participante y sin necesidad de pagar ninguna tarifa.
DUODECIMA.- RETENCION FISCAL
A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (LIRPF); el Real Decreto nº 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (RIRPF); Ley 13/2011, de 27 de mayo, de Regulación del Juego; Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales.
En caso de resultar aplicable, corresponderá y será por cuenta exclusiva de REALE los ingresos a cuenta correspondientes a los premios consistentes en una entrega en especie, a los tipos que resulten vigentes a la fecha de devengo de la operación. En el supuesto de premios “en especie”, el ingreso a cuenta no será repercutido a los premiados, siendo, por tanto, asumido por REALE, suponiendo por tanto dicho ingreso a cuenta un mayor valor del premio en especie percibido por los premiados. En los supuestos de entregas dinerarias, REALE practicará e ingresará la retención correspondiente sobre el importe bruto pagado, recibiendo el cliente el importe minorado en la retención practicada.
Asimismo, REALE, y de acuerdo con la normativa expuesta, remitirá a los ganadores, con
anterioridad a la apertura del plazo de comunicación o de declaración del Impuesto, el
correspondiente certificado de retenciones e ingresos a cuenta referente al ejercicio de
devengo del premio y pago de la retención o ingreso a cuenta.
DECIMOTERCERA- RESERVAS Y LIMITACIONES
REALE queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en
los datos facilitados por los propios participantes que impidiera su identificación.
REALE se reserva el derecho de declarar la promoción desierta en cualquier momento si
ninguno de los ganadores reuniese los requisitos necesarios para participar en la misma. En
dicho supuesto, REALE comunicará este extremo a los ganadores, sin que tengan derecho a
hacer reclamación alguna por ello.
Asimismo, en caso de que el desarrollo de la promoción se vea afectado por circunstancias
que se encuentren más allá del control del REALE o no puedan llevarse a cabo a causa del
incumplimiento presente, previsible o supuesto de cualquier Ley o norma aplicable, REALE
podrá cancelar todo o cualquier parte de la promoción sin que los participantes puedan
hacer reclamación alguna por ello.
REALE se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier participante que trate
de, o llegue a defraudar, alterar o inutilizar el buen funcionamiento y el transcurso
normal y reglamentario de la presente promoción así como la resolución de cualquier
cuestión derivada de la presente actividad promocional. REALE excluye cualquier
responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta
temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento de los servicios mediante
los que se participa en la promoción, a la defraudación de la utilidad que los usuarios
hubieren podido atribuir a los mismos y, en particular, aunque no de modo exclusivo, a los
fallos en el acceso a las distintas páginas y envíos de respuestas de participación a
través de Internet o comunicaciones telefónicas habilitadas al efecto.
REALE se reserva el derecho a efectuar cambios que redunden en el buen fin de la promoción
cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarla a término en la
forma en que recogen las presentes bases. REALE se reserva el derecho a aplazar o ampliar
el período de la promoción, así como la facultad de interpretar las presentes bases
legales. REALE se reserva el derecho de acortar, prorrogar, modificar o cancelar este
concurso, si concurrieran circunstancias excepcionales que impidieran su realización,
comunicando dichas circunstancias de manera que se evite cualquier perjuicio para los
candidatos en la promoción. REALE no será responsable de los retrasos, pérdidas o
deterioros por causas que no le sean imputables.
REALE tampoco responderá de los casos de fuerza mayor que pudieran impedir al ganador el
disfrute total o parcial de su premio.
Asimismo, REALE quedará exento de toda responsabilidad si concurriere alguno de los casos
señalados, así como de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen
ocasionarse durante el disfrute del premio.
DECIMOCUARTA.- NULIDAD
Si cualquier previsión de las presentes Bases fuese declarada, total o parcialmente, nula o
ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan sólo a dicha disposición o parte de la
misma que resulte nula o ineficaz, subsistiendo en todo lo demás el resto de bases y
teniéndose tal disposición o la parte de la misma que resulte afectada por no puesta, salvo
que, por resultar esencial a las presentes bases, hubiese de afectarlas de forma integral.
DECIMOQUINTA.- JURISDICCION Y LEY APLICABLE
Las presentes bases se interpretarán y regirán de conformidad con la legislación española.
Para cualquier cuestión litigiosa derivada de la existencia, acceso, utilización o
contenido de las Bases, el participante y REALE renuncian expresamente a cualquier otro
fuero que pudiera corresponderles, sometiéndose a la jurisdicción y competencia exclusiva
de los Juzgados y Tribunales de Madrid.